El pleno del Quinto Circuito falló 10 a 7 en Nueva Orleans; la Corte Suprema ya aceptó revisar si la ley permite detener sin audiencia de fianza.
El pleno del Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito de EE.UU. resolvió el viernes 23 de octubre de 2026, por 10 votos contra 7, que los inmigrantes detenidos por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) tras entrar al país sin ser admitidos no tienen un derecho constitucional a una audiencia de fianza. La decisión rige en Texas, Luisiana y Misisipi.
Qué decidió el tribunal
El caso, con el número 26-50183, consta en la opinión publicada por el propio tribunal. La mayoría, con el juez Cory Wilson como autor, concluyó que la Quinta Enmienda no exige audiencias individuales sobre peligrosidad o riesgo de fuga para quienes están detenidos mientras se tramita su deportación según el artículo 1225(b)(2)(A) del Código de EE.UU. Tres jueces, entre ellos Leslie Southwick, escribieron disidencias.
La decisión revocó órdenes de tribunales federales de distrito que habían liberado a tres residentes de largo plazo en Texas. En julio, un panel de tres jueces había fallado 2 a 1 a favor de ellos y exigía una audiencia dentro de los 90 días del inicio de la detención. El pleno anuló ese fallo y escuchó los argumentos el 24 de septiembre.
Qué no resuelve
El fallo trata del derecho constitucional a una audiencia. No resuelve si la ley de inmigración permite o prohíbe la detención sin fianza de personas arrestadas dentro del país que entraron sin inspección, una pregunta que la Corte Suprema ya aceptó revisar.
El 1 de octubre, la Corte Suprema aceptó el caso Rhoney contra Barbosa da Cunha (número 26-104), que contrapone el artículo 1226(a), que permite una audiencia de fianza, con el 1225(b)(2)(A), que no la contempla. Según el expediente en supremecourt.gov, el tribunal de origen es el Segundo Circuito. Aún no hay fecha de argumentos ni decisión.
Cómo están los tribunales
Los tribunales de apelaciones no coinciden. Según reportes de prensa, el Quinto y el Octavo Circuito han respaldado la lectura del gobierno sobre la detención obligatoria, mientras que otros circuitos, entre ellos el Primero y el Segundo, han fallado en sentido contrario. Esa división es la razón por la que se espera un criterio nacional de la Corte Suprema.
La decisión pesa en Texas y Luisiana, estados con muchos centros de detención. Según reportes, el gobierno ha trasladado allí a personas arrestadas en otros estados. El fallo no cambia por sí solo la situación de quienes están en otras jurisdicciones.
Reacciones
La organización National Immigration Project, que representó a los tres hombres, criticó el fallo y dijo que aún no decidía si pediría revisión a la Corte Suprema, según reportes de prensa. En el material revisado no hay una declaración de la Casa Blanca ni del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) sobre esta sentencia.

¿Qué significa para ti?
- Si tú o un familiar están detenidos por ICE en Texas, Luisiana o Misisipi, hoy es más difícil que un juez federal ordene una audiencia de fianza por motivos constitucionales.
- El fallo no cambia las reglas en otros circuitos, donde algunos tribunales sí han ordenado audiencias.
- La Corte Suprema decidirá la cuestión legal de fondo; hasta entonces la situación puede variar según el lugar de arresto y de detención.
- Cada caso depende de hechos propios, como la forma de entrada, el tiempo en el país y los antecedentes. Consulta con un abogado de inmigración o una organización legal acreditada.
Aviso legal: Esta información es general y no sustituye la asesoría de un abogado de inmigración con licencia o de un representante acreditado por el Departamento de Justicia.



