Reportes de prensa cuentan el caso de una militar de EE.UU. cuyo padre fue deportado durante su misión. USCIS explica qué opciones existen para familiares de militares.
Una marinera de EE.UU. regresó a California después de una misión militar y encontró que su padre había sido deportado a México mientras ella estaba fuera, según reportes de prensa publicados entre el 18 y el 19 de octubre de 2026. Los detalles del caso provienen de esos reportes y no han sido confirmados por fuentes oficiales.
Qué se sabe del caso
De acuerdo con esos reportes, la militar, ciudadana estadounidense, volvió a casa tras su despliegue y su padre ya no estaba en el país. Se reencontraron en México.
Hasta la publicación de esta nota, The Latin Americans no había encontrado un comunicado propio del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) ni del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) sobre este caso. Por eso no se detallan aquí los motivos de la detención ni el historial migratorio del padre.
Qué opciones existen para familiares de militares
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) describe en su página para miembros del servicio y sus familias dos figuras discrecionales para parientes de militares en activo, de la Reserva Seleccionada o de quienes sirvieron antes y no fueron separados con baja deshonrosa.
- Permiso de permanencia (parole in place): pueden pedirlo cónyuges, viudos o viudas, padres, hijos e hijas. Se concede en «incrementos de 1 año». La persona debe estar presente sin haber sido admitida; quien entró con una admisión legal y se quedó más tiempo no es elegible, aunque podría calificar para acción diferida. Se solicita con el Formulario I-131.
- Acción diferida militar: hasta 2 años para las mismas categorías de familiares. No otorga estatus legal y el DHS puede terminarla en cualquier momento. Se solicita con el Formulario G-325A.
Para el permiso de permanencia, la página pide pruebas del parentesco, de la condición del militar (por ejemplo, una identificación militar o el formulario DD 214), dos fotos tipo pasaporte y, en el caso de los padres, evidencia de que el militar respalda la solicitud.
Si el familiar ya está fuera de EE.UU.
USCIS también describe la Iniciativa para Militares Inmigrantes y Veteranos (IMMVI), que estudia caso por caso solicitudes de permiso de ingreso (parole) de militares actuales y anteriores y de ciertos familiares que se encuentran fuera del país. Según la página, entre los familiares elegibles están los cónyuges actuales, los hijos y las hijas solteros. La solicitud se presenta con los formularios I-131 e I-134, junto con prueba del servicio. La página fue revisada por última vez el 22 de septiembre de 2026.

¿Qué significa para ti?
- Si eres militar o veterano y tienes un familiar sin estatus, revisa las opciones de USCIS; son discrecionales y no garantizan un resultado.
- Estas figuras no dan estatus legal por sí solas.
- Si un familiar fue detenido o deportado, un abogado de inmigración o una organización acreditada puede revisar su caso concreto; esta nota explica solo las reglas generales.
- La página de USCIS para militares es la fuente oficial vigente para formularios y requisitos.
Aviso legal: Esta información es general y no sustituye la asesoría de un abogado de inmigración con licencia o de un representante acreditado por el Departamento de Justicia.
Nota de la redacción: algunos datos de esta nota no se pudieron confirmar con fuentes oficiales al momento de publicarla; provienen de reportes de otros medios o de las personas citadas. Actualizaremos la nota si la información cambia.
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