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lunes, 19 de octubre de 2026

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Trump firma nueva orden sobre ciudadanía por nacimiento tras el fallo de la Corte Suprema

Trump firma nueva orden sobre ciudadanía por nacimiento tras el fallo de la Corte Suprema

La orden 14418, del 6 de agosto de 2026, enumera categorías de niños sin reconocimiento de ciudadanía. No menciona a hijos de indocumentados.

El presidente Donald Trump firmó el 6 de agosto de 2026 la orden ejecutiva 14418, que fija categorías de niños nacidos en EE.UU. a quienes las agencias federales no reconocerían como ciudadanos. La orden se emitió después de que la Corte Suprema decidiera, el 30 de junio de 2026, el caso Trump v. Barbara.

Los documentos oficiales consultados muestran un panorama distinto al de una aplicación «parcial» de la orden original de 2025: la Corte resolvió el caso de fondo y la Casa Blanca emitió una orden nueva.

La Corte Suprema publicó su opinión en el expediente 25-365, con fecha del 30 de junio de 2026 y una versión revisada del 1 de julio. Según el texto de la orden 14418, el tribunal sostuvo que la Cláusula de Ciudadanía otorga la ciudadanía a niños nacidos en el país de padres «for whom no extraterritorial fiction applie[s]».

La orden 14418 se aplica cuando ninguno de los padres es ciudadano estadounidense y se cumple alguna de estas condiciones, que el texto describe como no exhaustivas:

  • uno de los padres es miembro de una organización terrorista extranjera designada o un terrorista global especialmente designado;
  • uno de los padres es embajador, empleado de un gobierno extranjero en funciones oficiales o empleado de una organización internacional con inmunidad;
  • uno de los padres participó en una transacción comercial para comprar u obtener la ciudadanía por nacimiento, o en un fraude para lograrla, lo que incluye acuerdos comerciales de gestación subrogada;
  • la persona nació en un territorio de EE.UU. donde una ley federal no otorga la ciudadanía.

La orden no menciona a los hijos de inmigrantes indocumentados ni de personas con visas temporales entre esas categorías. No fija fecha de entrada en vigor. Ordena a los secretarios de Estado y de Seguridad Nacional, al fiscal general y al comisionado del Seguro Social alinear sus reglas y políticas, y a todas las agencias publicar guías públicas en un plazo de 30 días desde la fecha de la orden.

¿Qué significa para ti?

  • El texto de la orden no incluye a los hijos de padres indocumentados o con visa temporal entre las categorías que enumera.
  • Las agencias deben publicar guías de aplicación; conviene consultarlas en los sitios oficiales del Departamento de Estado, el Departamento de Seguridad Nacional y el Seguro Social.
  • Si tienes dudas sobre el caso de tu familia, consulta a un abogado de inmigración o a una organización legal acreditada.

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