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sábado, 7 de noviembre de 2026

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Permiso de trabajo y Seguro Social: qué exige la SSA para cobrar beneficios

Permiso de trabajo y Seguro Social: qué exige la SSA para cobrar beneficios

Tener autorización de trabajo no garantiza por sí solo una jubilación del Seguro Social. La agencia exige presencia legal y créditos de trabajo, entre otros requisitos.

Trabajar con autorización en Estados Unidos y pagar impuestos al Seguro Social no asegura, por sí solo, cobrar beneficios. La Administración del Seguro Social (SSA) pide, además de los créditos de trabajo, que quien reclama sea ciudadano o no ciudadano con presencia legal.

La regla general de presencia legal

Según la página de preguntas frecuentes de la SSA, para solicitudes presentadas el 1 de diciembre de 1996 o después hay que ser ciudadano de EE.UU. o no ciudadano con presencia legal para recibir beneficios mensuales. La misma condición se aplica a familiares que reclaman con el historial de un trabajador.

La agencia también indica que, por lo general, no puede otorgar beneficios a no ciudadanos que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) haya deportado, salvo que después fueran admitidos como residentes permanentes.

El número de Seguro Social y la autorización de trabajo

Un informe de la Oficina del Inspector General de la SSA explica que la sección 211 de la Ley de Protección del Seguro Social de 2004 restringe los beneficios para no ciudadanos que recibieron su número de Seguro Social original el 1 de enero de 2004 o después. Se exceptúa a quienes recibieron el número para fines de trabajo, es decir, con autorización de trabajo, y a ciertos visitantes de negocios y tripulantes.

El informe agrega que, si el titular del número no cumple el requisito, los dependientes o sobrevivientes que reclaman con ese número pueden no ser elegibles.

Créditos de trabajo

La guía Entender los beneficios 2026 indica que la mayoría de los beneficios de jubilación requiere unos 40 créditos de trabajo, con un máximo de cuatro por año. En 2026, un crédito requiere $1,890 (dólares) en ingresos.

Si sales de EE.UU. o pierdes el estatus

La SSA explica en su página sobre pagos fuera del país que, por lo general, no puede pagar beneficios de jubilación, sobrevivientes o discapacidad a no ciudadanos después del sexto mes calendario fuera de EE.UU. Hay excepciones.

Perder el estatus migratorio antes de jubilarse es el escenario que motivó esta nota. La SSA no ha publicado, en las páginas consultadas, una lista de casos particulares, y cada situación depende de la fecha de solicitud, del tipo de número y del estatus al reclamar.

El SSI es otro programa

El Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI) tiene sus propias reglas. Según la SSA, la elegibilidad de no ciudadanos depende de ciertas clasificaciones migratorias otorgadas por el DHS.

¿Qué significa para ti?

  • Si trabajas con permiso, guarda tus recibos de pago y revisa tu historial de ingresos en tu cuenta de la SSA.
  • Los beneficios de jubilación suelen requerir unos 40 créditos; en 2026 cada crédito exige $1,890 en ingresos.
  • Tu estatus al momento de reclamar y el hecho de pasar largos periodos fuera de EE.UU. pueden afectar el pago.
  • Tu familia puede depender de tu historial; si cambia tu estatus, consulta a la SSA o a un abogado de inmigración o una organización acreditada.

La información oficial está en ssa.gov.

Nota de la redacción: algunos datos de esta nota no se pudieron confirmar con fuentes oficiales al momento de publicarla; provienen de reportes de otros medios o de las personas citadas. Actualizaremos la nota si la información cambia.

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