El máximo tribunal suspendió el fallo que las frenaba y escuchará los argumentos el 9 de diciembre. Según la prensa, Liberia aceptó recibir a 1,200 personas de otros países.
La Corte Suprema de EE.UU. permitió el 29 de septiembre de 2026 que el gobierno federal reanude las deportaciones a países distintos al de origen de la persona, mientras el tribunal examina si esa política es legal. El caso se argumentará el 9 de diciembre de 2026.

Qué decidió la Corte
La orden suspende la sentencia que el Tribunal de Distrito de Massachusetts dictó el 25 de febrero de 2026 en el caso conocido como D.V.D., según el expediente 26A406 de la Corte Suprema. La suspensión seguirá vigente hasta que el tribunal envíe su fallo definitivo a la corte inferior.
Los jueces Sotomayor, Kagan y Jackson habrían negado la solicitud del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). El expediente no detalla el recuento de la mayoría.
La Corte también trató la solicitud como una petición de revisión (certiorari) y la concedió, según el expediente 26-426. Antes, el Primer Circuito había decidido el caso el 18 de septiembre de 2026.
Las tres preguntas que resolverá
El tribunal pidió a las partes argumentar tres cuestiones:
- si el tribunal de distrito tenía jurisdicción sobre las reclamaciones;
- si podía dictar un alivio declaratorio para todo un grupo de personas y anular la guía bajo la Ley de Procedimiento Administrativo, a la luz del artículo 1252(f)(1) del título 8 del Código de EE.UU.;
- si la guía del gobierno sobre expulsiones a terceros países es ilegal.
Una deportación a un tercer país ocurre cuando EE.UU. envía a una persona a una nación que no es la suya. El fondo del asunto aún no está resuelto: la Corte permitió que la política siga mientras estudia su legalidad.
Calendario
El 1 de octubre de 2026 la Corte fijó las fechas del caso:
- 23 de octubre: escrito del gobierno.
- 16 de noviembre: escrito de los demandados.
- 1 de diciembre: réplica del gobierno.
- 9 de diciembre: argumento oral, en la sesión de diciembre.
El acuerdo con Liberia
En paralelo, la prensa informó que Liberia aceptó recibir a 1,200 personas de terceros países deportadas desde EE.UU. Ese dato no ha sido confirmado por fuentes oficiales de EE.UU. consultadas por The Latin Americans, por lo que se publica solo como lo reportado. Tampoco se ha precisado con fuentes oficiales quién queda cubierto ni bajo qué condiciones.

¿Qué significa para ti?
- La Corte no decidió todavía si la política es legal; la decisión final se espera después del argumento del 9 de diciembre.
- Mientras tanto, el gobierno puede aplicar su guía sobre terceros países, que se refiere a personas con orden de deportación.
- Si tú o un familiar tiene una orden de remoción, consulta con un abogado de inmigración o una organización legal acreditada sobre tu caso concreto.
- Si tienes miedo de ser perseguido o torturado en algún país, díselo al juez o al oficial de inmigración y pide que quede registrado.
- Sigue el expediente 26-426 en supremecourt.gov para ver las fechas y los escritos.
Aviso legal: Esta información es general y no sustituye la asesoría de un abogado de inmigración con licencia o de un representante acreditado por el Departamento de Justicia.
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